Respuesta corta: a septiembre de 2026 no hay ninguna convocatoria pública abierta de la Comunidad de Madrid para subvencionar el cambio de una caldera individual. El último Plan Renove autonómico fue el de 2023, y las últimas concesiones, publicadas en el BOCM del 11 de febrero de 2026, corresponden a expedientes tramitados entre enero y marzo de 2025. Lo que sí está vigente son dos vías distintas: el Plan Renove privado de salas de calderas 2026, solo para instalaciones centralizadas de comunidades, y las deducciones del IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética, que sí alcanzan a una vivienda particular.
Qué está abierto hoy y qué no
| Vía | A quién se dirige | Cuánto | Estado en septiembre de 2026 |
|---|---|---|---|
| Plan Renove privado de salas de calderas 2026 | Edificios de dos o más viviendas, comunidades y sector terciario | Más de 22.000 € por proyecto | Abierto desde marzo de 2026 |
| Deducción IRPF por reducir la demanda de calefacción y refrigeración | Vivienda habitual o alquilada | 20 % sobre una base de hasta 5.000 € al año | Vigente, obras hasta el 31/12/2026 |
| Deducción IRPF por reducir el consumo de energía primaria no renovable | Vivienda habitual o alquilada | 40 % sobre una base de hasta 7.500 € al año | Vigente, obras hasta el 31/12/2026 |
| Deducción IRPF por rehabilitación energética del edificio | Edificio de uso predominantemente residencial | 60 % sobre 5.000 € al año, hasta 15.000 € acumulados | Vigente, obras hasta el 31/12/2027 |
| Plan Renove autonómico de calderas individuales | — | — | Cerrado, sin convocatoria en 2026 |
El Plan Renove privado de salas de calderas 2026
Es la única ayuda específica de calderas que está viva ahora mismo en la Comunidad de Madrid, y conviene entender bien qué es y qué no es.
- No es dinero público. Nace de un acuerdo firmado el 2 de marzo de 2026 entre Agremia, Fegeca y las distribuidoras de gas Nedgia Madrid y Madrileña Red de Gas. Lo financia el sector gasista.
- Solo cubre salas de calderas centralizadas. Está pensado para edificios de dos o más viviendas, comunidades de propietarios y edificios del sector terciario. Una caldera individual de un piso no entra.
- El incentivo máximo por proyecto supera los 22.000 €, unos 8.000 € más que en la edición de 2025.
- Hay que cambiar de combustible. La sustitución debe pasar de un combustible distinto al gas natural a una instalación de gas natural o gas renovable.
- Se tramita a través de la plataforma digital de Agremia, y la gestiona la empresa instaladora, no el particular.
No consta una fecha de cierre publicada: como en ediciones anteriores, el criterio habitual es que el plazo dure mientras haya fondos. Si su comunidad tiene una sala de calderas de gasóleo, esta es la vía que hay que mirar primero, y conviene no dejarlo para diciembre.
La deducción del IRPF: la vía que sí llega a una vivienda
Si lo que va a cambiar es la caldera de su piso, olvídese del Plan Renove y mire a Hacienda. Son tres deducciones distintas, y no se aplican por cambiar la caldera sin más: se aplican por el resultado energético que consiga la obra.
20 % por reducir la demanda de calefacción y refrigeración
Exige acreditar una reducción de al menos el 7 % en la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración. La base máxima de deducción es de 5.000 € al año. Se aplica a la vivienda habitual o a una arrendada, nunca a una segunda residencia ni a un piso turístico.
40 % por reducir el consumo de energía primaria no renovable
Es la que más encaja con una sustitución de caldera. Exige una reducción de al menos el 30 % en el consumo de energía primaria no renovable, o bien que la vivienda alcance la calificación energética A o B. La base máxima sube a 7.500 € al año. Mismo requisito de vivienda habitual o alquilada.
60 % por rehabilitación energética del edificio
Aquí la obra es del edificio completo, de uso predominantemente residencial, con la misma exigencia del 30 % de reducción o calificación A o B. La base es de 5.000 € al año con un límite acumulado de 15.000 €, y cubre todas las viviendas en propiedad del contribuyente en ese edificio, incluidos garajes y trasteros adquiridos con ellas.
El requisito que se le olvida a todo el mundo: hace falta el certificado de eficiencia energética antes y después de la obra. Sin el certificado previo no hay nada que comparar y la deducción se cae. Encárguelo antes de tocar la caldera, no después.
Los plazos vienen de la prórroga que aprobó el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre: las obras en vivienda individual pueden hacerse hasta el 31 de diciembre de 2026, y las de edificios residenciales completos hasta el 31 de diciembre de 2027.
Cuidado con el «Plan Renove de calderas 2026» que anuncian algunas webs
Buscando «plan renove caldera Madrid 2026» aparecen páginas que dan por hecha una ayuda pública para calderas individuales que hoy no existe, y alguna se anuncia con un descuento que en realidad es una promoción comercial del propio instalador. No es ilegal llamarlo así, pero no es una subvención.
La comprobación es sencilla y la puede hacer usted mismo: toda ayuda pública real se publica en el BOCM con su orden, su presupuesto y su plazo. Si nadie le puede dar el número de la orden ni el enlace a la convocatoria, no hay convocatoria. Y desconfíe de quien le pida una señal para «reservar» una subvención: las ayudas no se reservan.
Qué puede hacer mientras tanto
Si la caldera aún funciona y lo que busca es gastar menos, tres cosas dan resultado inmediato y no dependen de ninguna convocatoria: purgar los radiadores al empezar la temporada, ajustar la temperatura de impulsión en calderas de condensación (una caldera de condensación que trabaja a 80 °C no condensa y pierde su ventaja), y hacer el mantenimiento anual.
Y si la caldera ya está al final de su vida, el cálculo honesto es este: una reparación de 150 o 200 € en un equipo de quince años puede compensar una temporada más, pero no dos. Nosotros se lo decimos antes de hacerla, no después.
Preguntas frecuentes
¿Hay ayudas para cambiar la caldera en Madrid en 2026?
Para una caldera individual no hay ninguna convocatoria pública abierta de la Comunidad de Madrid. Sí puede aplicar las deducciones del IRPF por eficiencia energética, del 20 % o del 40 % según el resultado que acredite la obra. Para salas de calderas comunitarias sí existe el Plan Renove privado de salas de calderas 2026.
¿Qué es el Plan Renove privado de salas de calderas 2026 y quién puede pedirlo?
Es un plan financiado por el sector gasista, acordado en marzo de 2026 entre Agremia, Fegeca, Nedgia Madrid y Madrileña Red de Gas. Se dirige a edificios de dos o más viviendas, comunidades y sector terciario que sustituyan una sala de calderas de otro combustible por gas natural o gas renovable. El incentivo máximo por proyecto supera los 22.000 €.
¿Puedo desgravar el cambio de caldera en la declaración de la renta?
Sí, si la obra acredita el ahorro energético exigido. El 20 % si reduce al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración, y el 40 % si reduce al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o la vivienda alcanza la calificación A o B.
¿Qué necesito para aplicar la deducción del 40 %?
Certificado de eficiencia energética expedido antes de la obra y otro después, que acredite la reducción del 30 % o la calificación A o B, más la factura de la instalación. La vivienda debe ser la habitual o estar alquilada.
¿Hasta cuándo tengo para hacer la obra?
Hasta el 31 de diciembre de 2026 en una vivienda, y hasta el 31 de diciembre de 2027 si se trata de la rehabilitación energética de un edificio residencial completo, según la prórroga del Real Decreto-ley 16/2025.
¿Volverá a haber un Plan Renove público de calderas individuales?
No lo sabemos: no hay ninguna convocatoria anunciada. Las anteriores se publicaron en el BOCM y se agotaron por fondos, así que la forma de no perdérsela es vigilar el boletín, no fiarse de anuncios de terceros.
Fuentes
- Comunidad de Madrid — Programa de Rehabilitación Energética de Edificios y Plan Renove de Calderas
- BOCM de 11 de febrero de 2026 — publicidad de ayudas concedidas del Plan Renove 2023
- Agencia Tributaria — Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas
- BOE — Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre
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